SINODALIDAD
¿Qué entendemos por sínodo y sinodalidad? ¿Cuál es la diferencia entre ambos? ¿Cómo se relacionan?
El
sínodo es una forma canónica del ejercicio de la colegialidad episcopal
que nació con san Pablo VI en 1965, su etimología proviene del griego que
significa “caminar juntos”. El Sínodo es el acontecimiento “en que la Iglesia
es convocada por la autoridad competente y según específicos procedimientos
determinados por la disciplina eclesiástica, involucrando de modos diversos, a
nivel local, regional y universal, a todo el Pueblo de Dios bajo la
presidencia de los Obispos en comunión colegial y jerárquica con el Obispo de
Roma, para discernir su camino y cuestiones particulares, y para asumir
decisiones y orientaciones con el fin de llevar a cabo su misión
evangelizadora.” (ITC, Syn., n. 70).
La
sinodalidad es ante todo un modus vivendi et operandi, es decir,
una forma o estilo de ser y hacer Iglesia, lo que invita a una
corresponsabilidad de todos los miembros de la Iglesia en la vida y en la
misión de esta. Es un elemento constitutivo de la Iglesia, es decir, que
contiene en ella lo que profesamos. En palabras del Papa Francisco, la
sinodalidad es “el camino que Dios espera de la Iglesia del tercer milenio”.
Es una llamada a repensar la manera en la que queremos ser signo de la
presencia y de la salvación de Dios en este mundo, asumiendo los conflictos
propios de todo proceso de transformación.
La
diferencia entre sínodo y sinodalidad es evidente: el primero es la posibilidad
canónica de la jerarquía principalmente y el segundo es el espíritu más amplio que
esta posibilidad permite en unión de todo el Pueblo de Dios. Se podría decir
que la sinodalidad es el alma del sínodo y mucho más, pues es la vocación
propia de la Iglesia en el mundo actual. En el actual Sínodo de la Sinodalidad
se ven relacionados ambos términos en oportuna relación, pues lo uno requiere
de lo otro para que la Iglesia se encamine en la transformación que el Espíritu
Santo suscita en ella.
¿En qué
sentido la sinodalidad es “dimensión constitutiva de la Iglesia”? ¿Qué
implicancias institucionales y contextuales tiene esta característica de la
Iglesia?
Si por sinodalidad entendemos la
corresponsabilidad de todos los miembros de la Iglesia en su vida y misión,
entonces podemos decir que la sinodalidad es una dimensión constitutiva de la
Iglesia como comunidad de llamados a través del bautismo a formar parte del
Pueblo de Dios, pues al compartir una misma fe y un mismo llamado, todos bajo
la guía del Espíritu Santo aportan con sus dones y carismas particulares a la
construcción del Reino a través de la Iglesia. La Iglesia no es solo la
jerarquía, sino todos los bautizados, por ende, la sinodalidad constituye la
identidad propia de la Iglesia según el mandato de Cristo de hacer discípulos a
todos.
Las
implicancias institucionales en general, aunque cada contexto pueda requerir
variaciones, consiste en la participación de todos los bautizados en la vida de
la Iglesia, sobre todo en el discernimiento y la consulta y de ser posible en
la toma de decisiones, con la oración y diálogos constantes, donde la escucha
de todos sea la clave para dejarse iluminar por el Espíritu que asiste a su Iglesia.
Como hemos visto, la sinodalidad exige
una conversión del corazón, de mentalidades y de hábitos para poder tener una
eficacia en el proceso de transformación eclesial iniciado por el Vaticano II y
actualmente liderado por el Santo Padre Francisco.
P.A
García
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