LA AUTONOMÍA DE LAS REALIDADES
TEMPORALES EN LA GAUDIUM ET SPES
Autor:
García Pedro
Asesor:
Pbro. Dr. Molina Jaime
Profesora:
Lic. Márquez Katiuska
Febrero, 2019
TABLA DE CONTENIDO
RESUMEN
INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO I
La Gaudium et spes y las realidades
temporales
1.1 Definición
e importancia de autonomía de lo temporal
1.2 La
secularidad cristiana
1.3 La
verdadera autonomía de las realidades temporales
1.4 Desviaciones
de esta doctrina
1.4.1
El secularismo
1.4.2
El clericalismo
CAPÍTULO II
Aplicaciones de
esta doctrina
2.1
Ecos de esta
doctrina en los documentos de Concilio Vaticano II
2.1.1
Constitución
Dogmática "Lumen Gentium"
Sobre la Iglesia
2.1.2
Decreto "Presbyterorum ordinis" Sobre
el ministerio y la vida de los presbíteros
2.1.3
Decreto "Apostolicam Actuositatem"
Sobre el apostolado de los laicos
2.1.4
Decreto "Ad Gentes" Sobre la actividad
misionera de la Iglesia
2.2
Ecos de esta
doctrina en san Juan Pablo II
2.3
Ecos de esta
doctrina en san Josemaría Escrivá
CAPÍTULO III
Conclusiones
3.1
La unidad de
vida de Jesús.
3.2
Perspectivas de
la aplicación de esta doctrina para la nueva evangelización
CONCLUSIÓN
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
RESUMEN
La
realidades temporales en las que ha de desenvolverse el ser humano es todo
aquello en lo que él mismo puede verse envuelto en cuanto a parte integrante de
una sociedad, tal es así que la política, la economía, la cultura y la religión
entre otras cosas, forman parte de ese gran conglomerado de realidades temporales
o terrenas, que, a medida que se van desarrollando, el cristiano se va
adaptando a las mismas, respondiendo desde la madurez de la fe a cada situación
concreta que presente el mundo.
Es
por eso que al hablar de autonomía se hace un juicio crítico de los linderos en
los que el mundo ha de caminar, pues sin la justa asistencia del plan divino,
se estaría cayendo en un aberrante secularismo, y por el contrario, con la
excesiva presencia divina a través de la jerarquía eclesiástica se estaría
dando nacimiento al impío clericalismo, que ha retrasado sobremanera el papel
de los laicos en la Iglesia y en el mundo.
A
lo largo de este trabajo monográfico se expondrá de manera concreta lo que
atañe a las realidades temporales, y cómo a partir del Concilio Vaticano II,
con la ayuda del magisterio de la Iglesia y de los santos modernos, se fue
desarrollando una doctrina que está a la palestra del acontecer cristiano. En
este sentido, Dios interviene en el mundo como su Creador, pero de manera más
eficaz a partir de la encarnación de su hijo, con lo cual los humanos aprenden
a sobrellevar las cargas de esta vida, tomando como único ejemplo el testimonio
de Jesús de Nazaret.
INTRODUCCIÓN
Los
documentos magisteriales de la Iglesia Católica, sobre todo los de los últimos tiempos,
han hecho valiosas disquisiciones sobre el mundo y su estrecha relación con la
vida del hombre, en ellas se ha precisado que en el orden de las cosas creadas
por Dios existe una justa autonomía, de ahí que se tenga un “principio de la
doctrina católica con el que se afirma la distinción relativa entre las
realidades terrenas, temporales, o seculares por un lado y las directamente
religiosas o eclesiásticas por otro”[1], a
lo que se le conoce como la autonomía de las realidades temporales, cuyo germen
dogmático se encuentra en los documentos del Concilio Vaticano II.
En este sentido, desde la
Constitución Pastoral “Gaudium et Spes”, que
trata sobre la Iglesia en el mundo actual, se dará el centro de esta
investigación, ya que en su numeral 36 dedica abiertamente el tema de las
realidades temporales y su comprensión desde el catolicismo, cuyo contenido se
presentará de manera consecuente en el desarrollo de la documentación, profundizando,
de igual modo, sobre la praxis del secularismo cristiano, tomando en cuenta el
Código de Derecho Canónico, entre otras fuentes magisteriales.
Sin embargo, para tener claro el
tema, es preciso hacer antes una aproximación desde la Sagrada Escritura, así
como un esbozo de otros documentos conciliares como los Decretos “Apostolicam
Actuositatem”, “Ad
Gentes”, y “Presbyterorum
ordinis”, sin obviar la Constitución Dogmática “Lumen Gentium”,
documentos en los que, se demostrará la importancia del estudio y consideración
del tema de las realidades temporales, sobre todo, en el ámbito eclesiológico.
Luego de conocer el tema en cuestión, es propicio plantear
un argumento de acción pastoral, aplicable y fácil de asimilar por todos los
bautizados, el cual encaja desde el mensaje
de san Josemaría Escrivá y su llamado a la santificación del trabajo, ya que todos los hombres “[…] de
cualquier condición, raza, lenguaje o ambiente –y de cualquier estado:
solteros, casados, viudos, sacerdotes-, (pueden)
amar y servir a Dios, sin dejar de vivir en su trabajo ordinario, con su
familia, en sus variadas y normales relaciones sociales”[2]. De
igual modo se presentarán algunas
desviaciones de la autonomía de las realidades temporales, como el clericalismo
y el secularismo.
Al iniciar este recorrido, es preciso
cuestionarse: ¿qué utilidad tiene la reflexión sobre la autonomía de las
realidades temporales?, pues “ya no se habla de “la autonomía de las realidades
temporales”, que estuvo de moda hace unas décadas; pero se practica mucho más,
hasta extremos de llevar la autodeterminación hasta límites censurables”[3],
esto se responderá en el trascurso de la investigación, en la que se hará uso
del método tradicional para la citación de los diferentes documentos, cuyos
datos específicos irán al pie de la página, para la justificación del contenido
presentado.
_______________________________________________________________________________
CAPÍTULO I
La Gaudium et
spes y las realidades temporales
1.1
Definición e importancia de esta doctrina
La
obra de Dios, su creación terrenal, ha de considerarse perfecta en sí, pues en
el inicio del mundo “vio Dios cuanto había hecho, y todo estaba muy bien” (Gen
1,31), sin embargo, la humanidad tuvo desde temprana edad una restricción con
respecto a lo creado, por ello Dios dice a Adán: “de cualquier árbol del jardín
puedes comer, mas del árbol de la ciencia del bien y del mal no comerás, porque
el día que comieres de él, morirás sin remedio” (Gen 2,16-17), con esto la
existencia humana hace su primera distinción entre lo bueno y lo malo, de allí
entonces que haya un mundo natural, terreno, temporal en el cual el hombre
vivirá, sabiéndose manejar con las leyes que Dios le imponga.
Esta distinción que tiene el hombre en el mundo, ha
de comprenderse como la justa autonomía de lo terreno y lo divino, pues en el
mandato de Dios al hombre le indica: “sed fecundos y multiplicaos y henchid la
tierra y sometedla” (Gen 1,28), es decir, Dios le da la tierra al hombre para
gobernarla, pero no le dijo cómo debía hacerlo, de allí que la humanidad haya
divinizado lo terrenal y a su vez mundanizado lo divino, por eso Jesucristo,
ante la diatriba de fariseos y herodianos dictamina: “lo del César,
devolvédselo al César, y lo de Dios, a Dios” (Mc 12,17), así se tiene la
principal autonomía de las realidades temporales de la humanidad.
Jesús de Nazaret, el “Rey de los judíos” (Mc 15,2),
predicó su Reino a los hombres, Reino que “no es de este mundo” (Jn 18,36), al
que todos están invitados, pero es el mismo Jesús quien hace la distinción de
su reinado, pues especifica que no es terreno sino celestial (cf. Mt 3,2), y por ende lo que atañe a
las cosas del mundo no necesariamente ciñen a las cosas de Dios, sin embargo,
no es de exagerar dicha autonomía, pues: “todo cuanto hagáis, de palabra y de
boca, hacedlo todo en el nombre del Señor Jesús, dando gracias por su medio a
Dios Padre” (Col 3,17), con esto san Pablo enseña que se vive bien en la
tierra, pero con la mente en el cielo.
1.2
La secularidad cristiana
Para
la Iglesia es un derecho de los laicos una justa autonomía de las realidades
temporales, al respecto, el Código de Derecho Canónico lo consagra diciendo que
“[…] tienen derecho a que se les reconozca en los asuntos terrenos aquella
libertad que compete a todos los ciudadanos; sin embargo, al usar de esa
libertad, han de cuidar que sus actuaciones estén inspiradas por el espíritu
evangélico, y prestar atención a la doctrina propuesta por el Magisterio de la
Iglesia, pero evitando presentar como doctrina de la Iglesia su propio criterio
en materias opinables”[4].
Esto
significa que el fiel católico usa de su
libertad para mantener cualquier opción temporal que sea concurrente con la fe
y la moral, por lo que ni la jerarquía ni los demás fieles le pueden imponer
otras soluciones, ni presentarse como representantes de los católicos en
asuntos temporales, por lo que el fiel por su parte “[…] debe saber distinguir
sus derechos y deberes en la Iglesia de sus derechos y obligaciones de
ciudadano, sin transferirlos de un campo al otro, y asumiendo personalmente las
consecuencias de su ejercicio, sin implicar a la Iglesia en sus personales
opciones seculares”[5].
Hay
que dejar claro que “[…] ordenar según el querer de divino las cosas temporales
forma parte de la misión de la Iglesia, pero no de la función de gobierno de la
jerarquía eclesiástica, el cumplimiento de este aspecto de la misión de la Iglesia
deben llevarlo a cabo los cristianos, especialmente los laicos, que al ocuparse
en las tareas seculares deben hacerlo de modo coherente con el Evangelio y la
doctrina del Magisterio”[6],
pues así como la Iglesia tiene una sana y justa dependencia de Dios en lo que a
lo temporal se refiere, de igual manera la tienen los laicos de la jerarquía.
1.3
La verdadera autonomía de las realidades temporales
La
Constitución pastoral Gaudium et spes,
del Concilio Vaticano II sobre la Iglesia en el mundo actual, divulgada el 7 de
diciembre de 1965, es la cumbre del proceso cristiano de secularización, pues
uno de los elementos fundamentales del documento será la toma de conciencia
cristiana de la autonomía de las realidades temporales[7].
El
numeral 36 de la Gaudium et spes,
dedicado al tema central de la justa autonomía de la realidad terrena, inicia
su discurso planteando el temor de “muchos de nuestros contemporáneos […], por
una excesivamente estrecha vinculación entre la actividad humana y la religión”[8],
pues con esto podría sufrir trabas “la autonomía del hombre, de la sociedad o
de la ciencia”[9].
De
inmediato la Constitución pasa a definir el tema justificando dicha autonomía
explicitando que, “si por autonomía de la realidad se quiere decir que las
cosas creadas y la sociedad misma gozan de propias leyes y valores, que el
hombre ha de descubrir, emplear y ordenar poco a poco, es absolutamente legítima
esta exigencia de autonomía”[10],
pues esta realidad no solamente es reclamada por “[…] los hombres de nuestro
tiempo. Es que además responde a la voluntad del Creador. Pues, por la propia
naturaleza de la creación, todas las cosas están dotadas de consistencia,
verdad y bondad propias y de un propio orden regulado, que el hombre debe
respetar con el reconocimiento de la metodología particular de cada ciencia o
arte”[11].
Luego
dedica un paréntesis sobre la investigación metódica en todos los campos del saber,
augurando que “[…] si está realizada de una forma auténticamente científica y
conforme a las normas morales, nunca será en realidad contraria a la fe, porque
las realidades profanas y las de la fe tienen su origen en un mismo Dios”[12],
concretando así la relación de lo humano en la tierra con lo divino, pues todo
es creación de Dios.
En
el mismo numeral, vuelve a precisar el tema en cuestión, pero esta vez
advirtiendo un peligro común, pues si erróneamente se dice que “[…] autonomía
de lo temporal quiere decir que la realidad creada es independiente de Dios y
que los hombres pueden usarla sin referencia al Creador, no hay creyente alguno
a quien se le oculte la falsedad envuelta en tales palabras”[13],
ya que, es evidente para el pensamiento cristiano que todo en este mundo es obra
de Dios (cf. Gen 1,1), y ha sido él
mismo quien nos lo ha entregado todo para dominarlo (cf. Gen 9,7).
La
Gaudium et spes culmina su
explicación haciendo eco de la preocupación de la Iglesia por el olvido de Dios
en la sociedad, al respecto dice que “la criatura sin el Creador desaparece.
Por lo demás, cuantos creen en Dios, sea cual fuere su religión, escucharon
siempre la manifestación de la voz de Dios en el lenguaje de la creación. Más
aún, por el olvido de Dios la propia criatura queda oscurecida”[14],
con esto deja claro que autonomía de lo temporal nunca ha de ser comprendida
como separación de la ciencia y de la fe, o rompimiento entre la voluntad de
los hombres y de la de Dios.
Todo
este contenido magisterial parece apuntar en definitiva a que “[…] para los
cristianos la construcción de este mundo según el diseño divino es la plenitud
de la vocación temporal”[15],
sin embargo, es evidente que teniendo en cuenta la legítima autonomía de las
realidades temporales, implicaría que “[…] todas las cosas poseen, por designio
de Dios, una consistencia propia, que se rigen por leyes también propias. Para
estudiar estas realidades, el hombre desarrolla el conocimiento científico,
regido por métodos particulares para cada una de las disciplinas de estudio”[16],
siempre guardando su iluminación divina y teniendo como mediadora la Iglesia en
su Magisterio.
En
conclusión, en el numeral 36 de la Gaudium
et spes se “[…] afirma la existencia de un mundo terrestre y de un ámbito
temporal con consistencia propia, regido por leyes específicas, que responde al
designio de Dios. Podemos hablar de un orden natural que goza de una legítima
autonomía, pero siempre dependiente de Dios, como las criaturas al Creador”[17],
cuestión que será indudable a partir de esta teología postconciliar, Dios
mantiene la primacía en el orden de la vida humana.
1.4
Desviaciones de esta doctrina
1.4.1
El secularismo
En el caso del
secularismo, en primera instancia se percibe como “[…] la pérdida de relevancia
social del factor religioso”[18],
lo que tiene una peligrosa consecuencia, pues cuando “[…] la religión es
ignorada sutilmente como algo sin importancia”[19]
se habla de un mundo sin Dios, sin leyes morales ni éticas, es por eso que “[…]
la autonomía de lo secular no significa emancipación de los planes y las leyes
de Dios para el bien total del hombre y la sociedad. Tampoco la política ha de
ser molestada por la religión exigiéndole un confesionalismo de Estado ni una
forma determinada de gobierno; pero sí puede oponerse a leyes injustas e inhumanas”[20].
Hay a quienes les cuesta hablar de lo negativo del
secularismo, sobre todo cuando se reconoce que es un fenómeno posconciliar, ya
que “[…] se pensaba que el concilio había hecho a la Iglesia más atractiva,
pero en los años que siguieron se pudo comprobar un franco retroceso de las
prácticas religiosas y de las referencias cristianas en el comportamiento, al
menos en el mundo occidental”[21],
como lo atestiguan numerosas estadísticas. Sin embargo, el justo equilibrio ha
de lograrse entre el excesivo secularismo y el radical clericalismo.
1.4.2
El clericalismo
El
clericalismo ha de ser entendido como un “[…] término usado originalmente en
sentido polémico, para estigmatizar las iniciativas del clero fuera del ámbito
estrictamente espiritual, la actitud de subordinación de los cristianos a la
jerarquía eclesiástica incluso en el campo político, social y cultural y la
mentalidad subyacente de una pretendida y larvada superioridad”[22],
es decir, desde un principio se puntualiza su peligrosidad, a diferencia del
secularismo o laicismo.
En
Venezuela, a la luz de los últimos documentos magisteriales “[…] se observa
todavía un marcado clericalismo de la institución eclesiástica y, en buena
parte del pueblo, sigue arraigada la mentalidad de una Iglesia fundamentalmente
jerárquica y de un laicado pasivo. Predominantemente se ha puesto de relieve la
dimensión institucional de la Iglesia, y no tanto su dimensión carismática”[23],
por lo que se lleva a considerar que el clericalismo, lejos de ser una
desviación del poder de la Iglesia, es un fenómeno fácil de presenciar.
Por
eso el Papa Francisco, lejos de parcelar opiniones, reflexionó que “[...] los
laicos son simplemente la inmensa mayoría del Pueblo de Dios. A su servicio
está la minoría de los ministros ordenados”[24],
por lo que deja a entrever, que el clericalismo ha de desterrarse de toda
vivencia cristiana, ya que, los laicos no se están formando “[…] para asumir
responsabilidades importantes, en otros por no encontrar espacio en sus
Iglesias particulares para poder expresarse y actuar, a raíz de un excesivo
clericalismo que los mantiene al margen de las decisiones”[25].
Más protagonismo del pueblo, menos autoritarismo del clero.
En
el mismo sentido, el peligro del clericalismo es presentado también desde la
misma posición de los fieles laicos, pues a un “[…] cristiano jamás se le
ocurre creer o decir que él baja del templo al mundo para representar a la
Iglesia, y que sus soluciones son las soluciones católicas a aquellos
problemas. ¡Esto no puede ser, hijos míos! Esto sería clericalismo, catolicismo
oficial o como queráis llamarlo. En cualquier caso, es hacer violencia a la
naturaleza de las cosas”[26].
CAPÍTULO II
Aplicaciones de esta doctrina
2.1 Ecos de esta doctrina en los documentos del
Concilio Vaticano II
2.1.1 Constitución Dogmática "Lumen Gentium" Sobre la Iglesia
La
fe que hace de los bautizados una misma Iglesia no quita nada al bien temporal
de cada pueblo, ya que “la Iglesia, o Pueblo de Dios, introduciendo este Reino
no arrebata a ningún pueblo ningún bien temporal, sino al contrario, todas las
facultades, riquezas y costumbres que revelan la idiosincrasia de cada pueblo,
en lo que tienen de bueno, las favorece y asume; pero al recibirlas las purifica,
las fortalece y las eleva”[27],
es por eso que ha de verse la mediación de la Iglesia únicamente como
colaboradora y formadora de la humanidad.
Desde
la jerarquía de la Iglesia se pone de manifiesto la responsabilidad otorgada
por Cristo a sus legítimos sucesores, los obispos, sin embargo, dicha
responsabilidad recae de la misma manera sobre los laicos, ya que a ellos “[…]
pertenece por propia vocación buscar el reino de Dios tratando y ordenando,
según Dios, los asuntos temporales. Viven en el siglo, es decir, en todas y a
cada una de las actividades y profesiones, así como en las condiciones
ordinarias de la vida familiar y social con las que su existencia está como
entretejida”[28]. No es posible desligar
la vida de los laicos de las cosas terrenas, donde lo social y comunitario
juega un papel importante en la realización de la persona.
Al
respecto, esta Constitución Dogmática sigue dilucidando sobre el lugar de los
laicos en la dinámica del mundo, por eso recuerda que “a ellos, muy en
especial, corresponde iluminar y organizar todos los asuntos temporales a los
que están estrechamente vinculados, de tal manera que se realicen continuamente
según el espíritu de Jesucristo y se desarrollen y sean para la gloria del
Creador y del Redentor”[29],
pues un cristiano, por convicción, ha de sentirse llamado a impregnar la
sociedad de las cosas y el sentir de Dios, con lo cual no solo colabora con la
Iglesia, sino con su propia santificación.
En
todo esto, hay unos derechos y deberes a los que los laicos han de someterse en
cuanto a ciudadanos del mundo y miembros de la Iglesia, por eso se les invita a
“[…] acoplarlos armónicamente entre sí, recordando que, en cualquier asunto
temporal, deben guiarse por la conciencia cristiana, ya que ninguna actividad
humana, ni siquiera en el orden temporal, puede sustraerse al imperio de Dios”[30],
pues, como se ha precisado anteriormente, la vida del cristiano es vivir el
Evangelio en el presente.
Más
adelante se explicará con precisión los peligros de la mala interpretación de
la autonomía de lo temporal, aquí solamente se deja a vislumbrar lo que trae
con sigo la excesiva secularización, pues “[…] así como debe reconocerse que la
ciudad terrena, vinculada justamente a las preocupaciones temporales, se rige
por principios propios, con la misma razón hay que rechazar la infausta
doctrina que intenta edificar a la sociedad prescindiendo en absoluta de la
religión y que ataca o destruye la libertad religiosa de los ciudadanos”[31];
como se ha visto, aparte de rechazar la presencia eclesiástica, atenta contra
la libertad religiosa de los hombres, que de por sí, están llamados a una
conexión con Dios[32].
Para
el mejor entendimiento de los obispos con sus fieles, en el tema de la vida en
la sociedad, a éstos se les invita a considerar “[…] atentamente en Cristo, con
amor de padres, las iniciativas, las peticiones y los deseos propuestos por los
laicos. Y reconozcan cumplidamente los pastores la justa libertad que a todos
compete dentro de la sociedad temporal”[33];
un detalle que merece resaltar es esa justa libertad, que garantiza la recta
obediencia de los laicos, tanto para sus pastores, como para las autoridades
civiles (cf. Romanos 13,1).
Esta
consideración y reconocimiento que los pastores deben a los laicos guarda una
utilidad invalorable, pues el episcopado, “[…] ayudados por la experiencia de
los laicos, pueden juzgar con mayor precisión y aptitud lo mismo los asuntos
espirituales que los temporales, de suerte que la Iglesia entera, fortalecida
por todos sus miembros, pueda cumplir con mayor eficacia su misión en favor de
la vida del mundo”[34],
ya que todos los creyentes participan en la comprensión y en la transmisión de
la verdad revelada, que recibieron por la unción del Espíritu Santo[35].
2.1.2 Decreto "Presbyterorum ordinis" Sobre el ministerio y la vida de
los presbíteros
El
Orden Sacerdotal también forma parte de la reflexión sobre las cosas
temporales, pues los presbíteros, lejos de ser seres aislados, están puestos a
la cabeza de las comunidades cristianas, precisamente como pastores y guías (cf. Hebreos 5,1), es por eso que ellos,
siendo el ejemplo del resto del Pueblo de Dios “[…] deben usar los bienes
temporales tan sólo para aquellos fines a los que pueden lícitamente
destinarlos, según la doctrina de Cristo Señor y la ordenación de la Iglesia”[36],
de lo contrario cabe la pena canónica para los casos en que los sacerdotes
causan daño a la Iglesia por la mala administración de los bienes temporales[37].
En
la tarea de administrar dichos bienes, el presbiterio no está solo, pues deben
hacerlo “[…] con la ayuda, en cuanto sea posible, de seglares expertos, y
destinarlos siempre a aquellos fines para cuya consecución es lícito a la
Iglesia poseer bienes temporales, esto es, para el desarrollo del culto divino,
para procurar la honesta sustentación del clero y para realizar las obras del
sagrado apostolado o de la caridad, sobre todo con los necesitados”[38].
Aquí se tiene una considerable delimitación del campo en el que los sacerdotes
han de moverse en la administración de los bienes temporales, por supuesto, con
la colaboración de seglares.
2.1.3 Decreto "Apostolicam
Actuositatem" Sobre el apostolado de los laicos
El
Concilio Vaticano II introduce el tema de la autonomía de las realidades
temporales, especificando que los laicos “ejercen el apostolado con su trabajo
para la evangelización y santificación de los hombres”[39],
pero no de cualquier manera, sino “llevado a cabo con espíritu evangélico”[40].
De ahí que el principal objetivo del cristiano en su apostolado sea cumplir el
mandato de Jesús, “id,
pues, y haced discípulos a todas las gentes” (Mt 28,19); esto es posible para
el cristiano que vive en el mundo reconociendo la presencia de Dios, “pues en
él vivimos, nos movemos y existimos” (Hch 17,28), la invitación está hecha,
ahora corresponde llevar a cabo este encargo divino con fuerzas humanas.
Hay una unidad entre
las competencias de la Iglesia y las de las sociedades, en este sentido, “la misión de la Iglesia no es sólo anunciar el
mensaje de Cristo y su gracia a los hombres, sino también el impregnar y
perfeccionar todo el orden temporal con el espíritu evangélico”[41],
ahora bien, por orden temporal debe entenderse “los bienes de la vida y de la
familia, la cultura, la economía, las artes y profesiones, las instituciones de
la comunidad política, las relaciones internacionales, y otras cosas semejantes,
y su evolución y progreso”[42],
es decir, la integridad de la vida humana.
Si
a los laicos se les invita a trabajar en el mundo, “el oficio de la Jerarquía
eclesiástica es enseñar e interpretar auténticamente los principios morales que
hay que seguir en los asuntos temporales”[43],
teniendo también derecho “a discernir sobre la conformidad de tales obras e
instituciones con los principios morales y decidir cuanto se requiere para
salvaguardar y promover los bienes del orden sobrenatural”[44],
es que la misión de la Iglesia, en este sentido, es ordenar lo que en la tierra
hace referencia al cielo, pues los bienes temporales son “las cosas necesarias
para la vida humana”[45]
como lo expresa santa Catalina de Siena.
2.1.4 Decreto "Ad Gentes" Sobre la
actividad misionera de la Iglesia
La
Iglesia es misionera por naturaleza[46],
es por eso que “en las tierras de misiones, los laicos, […], enseñen en las
escuelas, administren los bienes temporales, colaboren en la actividad
parroquial y diocesana, establezcan y promuevan diversas formas de apostolado
seglar para que los fieles de las Iglesias jóvenes puedan, cuanto antes, asumir
su propio papel en la vida de la Iglesia”[47].
Con esto se está incentivando a que, desde la mayor brevedad posible, las
nuevas comunidades de fe entiendan que hay que trabajar por la edificación del
Reino de Dios en la tierra, ya que el principal promotor del orden de lo
temporal es el laico, en su incorporación a Cristo por el bautismo y su
inmersión en el mundo[48].
2.2 Ecos de esta doctrina en san Juan Pablo II
El
gran Pontífice polaco habló en reiteradas ocasiones sobre el tema de la
autonomía de las cosas temporales, desde sus encíclicas como en la predicación
y catequesis con motivo de las multitudinarias audiencias generales en Roma. Como
es de suponer, comentó ampliamente el punto 36 de la Gaudium et spes[49].
Reinhardt,
comentando la audiencia de san Juan Pablo II sobre la providencia divina
expresa que, con respecto al hombre, “[…] todo lo que ha sido creado, pertenece
a Dios, su Creador, y, en consecuencia, depende de Él. En cierto sentido, cada
uno de los seres es más ´de Dios´ que ´de sí mismo´. Es primero de ´Dios´ y,
luego, ´de sí´. Lo es de un modo radical y total que supera infinitamente todas
las analogías de la relación entre autoridad y súbditos de la tierra”[50],
por lo que queda de una manera intrínsecamente unida la existencia del hombre en su filiación a Dios.
Y
como para dejar clara esta filiación, el papa expresa que “[…] según la fe
católica es propio de la Sabiduría trascendente del Creador hacer que Dios esté
presente en el mundo como Providencia, y simultáneamente que el mundo posea esa
´autonomía´, de la que habla el Concilio Vaticano II”[51],
concluyendo de esta manera la pregunta por la autonomía de la creación y el
papel del hombre.
Aunado
a esto, el papa comenta que “[…] en lo que se refiere a la inmanente formación
del mundo, el hombre posee, pues, desde el principio y constitutivamente, […],
un lugar totalmente especial. Según el libro del Génesis, fue creado para
´dominar´, para ´someter la tierra´. Participando, como sujeto racional y
libre, pero siempre como criatura, en el dominio del Creador sobre el mundo, el
hombre se convierte de cierta manera en ´providencia´ para sí mismo, […]. Pero
por la misma razón gravita sobre él desde el principio una peculiar
responsabilidad tanto ante Dios como ante las criaturas y, en particular, ante
los otros hombres”[52].
Esto lleva a la conclusión de que para san Juan Pablo II hay una autonomía
notable, pero unida inseparablemente a una responsabilidad ante el Creador.
2.4 Ecos de esta doctrina en san
Josemaría Escrivá
San Josemaría Escrivá, quien se había empeñado
incansablemente desde 1928, en mover las voluntades de los laicos cristianos
para que tomaran su parte en la misión de la Iglesia ante las realidades
temporales, defendió todas las enseñanzas conciliares, sintiéndose confirmado
en lo central del espíritu del Opus Dei que lleva a la santificación del
trabajo ordinario[53].
Este santo español, al hacer la invitación “[…] de
santificarse en el trabajo y de santificar a los demás por medio del trabajo”[54], no
lo deja tan escueto, sino que también procura lograr la santificación del
trabajo mismo, “[…] de ahí la efectiva realización de la tarea de informar y
perfeccionar con espíritu cristiano el orden de las realidades temporales”[55],
que en definitiva es la misión de todo cristiano.
En un texto de san Josemaría, sacado de la homilía
pronunciada en el campus de la Universidad de Navarra en 1967, la cual se
titula ´Amar al mundo apasionadamente´ se resumen algunas ideas repetidas por
él desde los años treinta: “Tenéis que difundir por todas partes una verdadera
mentalidad laical, que ha de llevar a tres conclusiones: a ser suficientemente
honrados, para pechar con la propia responsabilidad personal; a ser lo
suficientemente cristianos, para respetar a los hermanos en la fe, que proponen
— en materias opinables — soluciones diversas a la que cada uno de nosotros
sostiene; y a ser lo suficientemente católicos, para no servirse de nuestra
Madre la Iglesia, mezclándola en banderías humanas”[56].
Por esto, san Josemaría expresa, convencido de la
autonomía de las realidades temporales: “Qué triste cosa es tener una
mentalidad cesarista, y no comprender la libertad de los demás ciudadanos, en
las cosas que Dios ha dejado al juicio de los hombres”[57],
y continúa en el mismo sentido su segundo sucesor en la dirección del Opus Dei:
“´Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios´. Estas palabras
de Jesucristo constituyen un punto de referencia fundamental para orientar –en
la actividad de los cristianos- la relación entre su dignidad de hijos de Dios,
llamados a una vida eterna, y su condición de ciudadanos de la sociedad
temporal, miembros de los más variados pueblos, naciones y comunidades
políticas”[58].
CAPÍTULO III
Conclusiones
3.1
La unidad de vida de Jesús
Por unidad de vida se entiende que la vida misma “tiene
como nervio la presencia de Dios, Padre Nuestro”[59] y
es, por la gracia de Espíritu de Dios, “participación en la suprema unidad de
lo divino y humano realizada en la Encarnación del Hijo de Dios”[60].
El mismo Señor Jesucristo es “principio de unidad y de paz”[61]:
Él está siempre unido al Padre Dios e intercede para que nos santifique en la verdad
(cf. Jn 13,17). Al hacer la voluntad
del Padre tiene su alimento, (cf. Jn
4,34)[62].
San Josemaría afirmando la unidad de vida de Jesús,
y a la cual el cristiano está invitado a imitar, manifestaba que Cristo “todo
lo acabó bien, terminó todas las cosas bien, no hizo más que el bien”[63],
ya que con Cristo, consagración y misión
forman una unidad perfecta[64].
Para san Josemaría Jesús es el Dios y hombre perfecto que vivió en su vida
terrenal una total unidad de vida[65] y
que “en la misma revelación del misterio del Padre y de su amor, manifiesta
plenamente el hombre al propio hombre y le descubre la sublimidad de su vocación”[66].
La unidad de vida del Señor, es para la humanidad el mejor ejemplo a seguir en
sus relaciones con lo temporal, pues de esta manera se actúa movido, no por
mundanos deseos, sino por el Espíritu Santo.
Un peligro a advertir en este sentido es la incoherencia
de vida, en la que suelen verse inmiscuidos los cristianos, esto grave, pues es
una “falta de armonía y de paz que quiebra el equilibrio personal”[67],
lo que es evidente, pues “ignorar que el hombre posee una naturaleza herida,
inclinada al mal, da lugar a graves errores en el dominio de la educación, de
la política, de la acción social y de las costumbres”[68].
3.2
Perspectivas de la aplicación de esta doctrina para
la nueva evangelización
Como
se ha visto, es cierto que el cristiano necesita amar al mundo, y “el amor al
mundo no nos impide ver lo que no va, lo que necesita purificación, lo que ha
de ser transformado. Hemos de aceptar la realidad tal como es, tal como se presenta,
con sus luces y sus sombras. Y esto requiere vibrar con las cosas, conocer los problemas,
tratar a muchas personas, leer, escuchar. Para amar a Dios no tenemos nada
mejor que el mundo en el que Él mismo nos ha llamado a vivir”[69], es
por eso que el Señor oró al Padre diciendo “no pido que los saques del mundo,
sino que los guardes del Maligno” (Jn 17,15).
En
la actualidad evangelizar es la acción de toda la Iglesia Católica, las líneas
doctrinales del actual Pontífice van en este sentido, pues, aquel cristiano que
se consigue con Dios, se consigue con el Supremo Bien, y “el bien siempre
tiende a comunicarse. Toda experiencia auténtica de verdad y de belleza busca
por sí misma su expansión”[70],
y los cristianos están llamados a vivir su existencia desde una auténtica
evangelización, que, como se ha visto, les exige una unidad de vida.
Evangelizar
el mundo actual, y con él las realidades temporales es tarea de todos, eso no
se puede olvidar, pues no se trata solo del clero o la vida consagrada, sino
que también “los laicos están llamados a ejercer su tarea profética, que se
deriva directamente del bautismo, y a testimoniar el Evangelio en la vida
cotidiana dondequiera que se encuentren”[71],
pues todos los lugares de la tierra son propicios para el encuentro con Dios, y
claro es que al encontrarnos con Dios evangelizamos, pues “no hay otro camino, hijos
míos: o sabemos encontrar en nuestra vida ordinaria al Señor, o no lo
encontraremos nunca”[72].
Y en el mensaje de san Josemaría encaja
la justa autonomía de las realidades temporales, pues al “vivir santamente la
vida ordinaria, […] me refiero a todo el programa de vuestro quehacer
cristiano. Dejaos, pues, de sueños, de falsos idealismos, de fantasías, de eso
que suelo llamar mística ojalatera — ¡ojalá no me hubiera casado, ojalá no
tuviera esta profesión, ojalá tuviera más salud, ojalá fuera joven, ojalá fuera
viejo!...—, y ateneos, en cambio, sobriamente, a la realidad más material e
inmediata, que es donde está el Señor”[73].
CONCLUSIÓN
La
autonomía de las realidades temporales ha se aplica precisamente en la misión
de los bautizados que “[…] en el mundo terreno afecta al hombre, no considerado
como una categoría, sino en su singularidad, y pasa a través de él,
actualizándose en tres vertientes, de la dignidad personal del hombre, de su
actividad, de su carácter social; y a través de él afecta también al mundo
material […]. Los amplios desarrollos de cada uno de estos aspectos ofrecen
elementos más que abundantes para innumerables programas de acción concreta por
parte de los laicos […]”[74],
es por ello que al hablar de autonomía no significa ´dejar de hacer´, sino todo
lo contrario, ´ponerse a hacer´.
Y
en este sentido, toda la acción de los cristianos ha de ser iluminada
inagotablemente por el pastoreo de la jerarquía, luchando para que exista una “[…]
auténtica vida cristiana de seguimiento de Cristo y, a través de Él, de unión
con el Padre en la fuerza del Espíritu Santo […]”[75],
pues de otra manera “[…] los laicos, en vez de informar y perfeccionar con
espíritu cristiano el mundo de las realidades temporales, serían personas
mundanas, impregnados de aquel espíritu del mundo”[76]. Es
por eso que “[…] hay un algo santo,
divino, escondido en las situaciones más comunes, que toca a cada uno de
vosotros descubrir”[77],
para poder vivir la vida de la manera que Dios quiere que sea vivida.
Como
se ha dejado previsto, fue el Concilio Vaticano II el principal propagador de
esta doctrina, ya que la misión de la Iglesia en relación con las realidades
temporales, antes del Concilio, aparecía poco desarrollada bajo el perfil
doctrinal, ahora la situación actual es muy distinta, pues la enseñanza del Concilio
y de los Papas plantean un tratamiento orgánico de contenido muy rico, que
puede ser traducido inmediatamente a la vida de todos los cristianos[78].
Es
por eso que, al finalizar este trabajo monográfico, se reconoce que como consecuencia
de una autonomía de lo temporal mal entendida, y en respuesta a esto “[…] resplandece
la luz y la belleza de los designios de Dios para el mundo, que ha dotado a las
cosas de una consistencia propia, y les ha dado la capacidad de ser elevadas al
orden sobrenatural. La Gaudium et spes
pone las bases para una Modernidad cristiana, alejada de clericalismos y
laicismos reduccionistas, respetuosa de la libertad, que debe formar un binomio
inseparable con la verdad”[79].
El
cristiano de hoy en día necesita con urgencia reconocer primeramente que es
hijo de Dios, que es libre, y que tiene todas las capacidades para responderle
a Dios en las realidades terrenas, sabiendo discernir los puntos en los que
peligra dicha respuesta, sabiendo cumplir esa voluntad de Dios que se
manifiesta de manera especial en las cosas creadas.
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García
[1] Martín, José, Gran Enciclopedia Rialp, Tomo 3,
Madrid, Ediciones RIALP, 1993, p. 465.
[2] Escrivá, san Josemaría, Conversaciones con Mons. Escrivá de
Balaguer, Caracas, Ediciones Vértice, 2002, n. 32, p. 93.
[3]
De Andrés, Rafael, Diccionario
Existencial Cristiano, Navarra, Editorial Verbo Divino, 2004, p. 32.
[4] Código de Derecho Canónico, Ediciones San Pablo, 1990, n. 227.
[5] Martín, José, op. cit. p. 466.
[6] Idem
[7] cf. Fazio, Mariano, La
autonomía de las realidades terrestres en la Gaudium et spes, recuperado de https://www.institutoacton.com.ar/oldsite/articulos/mfazio/
[8] Conc. Vat. II, Gaudium et spes, n. 36.
[9] Idem
[11] Idem
[12] Idem
[13] Idem
[14] Idem
[15] Fazio, Mariano, op. cit.
[17] Idem
[18] Palomino, Rafael, Laicidad, laicismo, ética pública:
presupuestos en la elaboración de políticas para prevenir la radicalización
violenta, Athena Intelligence Journal,
Vol. 3, No 4, Octubre – Diciembre de 2008, p. 81.
[19] De Andrés, Rafael, op. cit. p. 247.
[20] Idem
[21] Rivero, Antonio, Historia de la Iglesia, Ediciones San
Pablo, México, 2005, p. 286.
[22] Petrosillo, Pietro, El Cristianismo de la A a la Z, Ediciones
San Pablo, Madrid, 1996, p. 92.
[23] Concilio Plenario de Venezuela, El laico católico, fermento del Reino de
Dios en Venezuela, n. 40.
[25] Idem
[26] Escrivá, san Josemaría, Amar al mundo apasionadamente,
Ediciones Universidad Monteávila, Caracas, 2007, n. 117.
[27] Lumen Gentium, n. 13.
[28] Ibidem, n. 31.
[30] Ibidem, n. 36.
[31] Idem
[32] cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 44.
[33] Lumen Gentium, n. 37.
[35] cf. Catecismo de la Iglesia Católica, n. 91.
[36] Presbyterorum Ordinis, n. 17.
[39] Apostolicam Actuositatem, n. 2.
[40] Idem
[41] Ibidem, n. 5.
[42] Ibidem, n. 7.
[43] Ibidem, n. 24.
[44] Idem
[45] Catecismo de la Iglesia
Católica, n. 1937.
[46] Ad Gentes, n. 2.
[49] cf. Reinhardt, Elisabeth, La
legítima autonomía de las realidades temporales, recuperado de http://institutoacton.org/2016/09/07/la-legitima-autonomia-de-las-realdades-temporales-elisabeth-reinhardt/
[50] Idem
[51] Idem
[52] Idem
[53] Miralles, Antonio, La misión de la iglesia y las realidades
temporales, recuperado de https://es.romana.org/44/estudio/la-mision-de-la-iglesia-y-las-realidades-temporale/
[54] Idem
[55] Idem
[56] Escrivá, san Josemaría, op. cit. n. 117.
[58] Echevarría, Javier, Itinerarios de vida cristiana,
Editorial Planeta, Barcelona, 2001, p. 237.
[59] Escrivá, san Josemaría, Es Cristo que pasa, Ediciones RIALP,
Madrid, 1973, p. 41.
[60] Diccionario de San Josemaría, “Unidad de vida”, Monte Carmelo - Instituto
Histórico San Josemaría Escrivá de Balaguer, Burgos, 2013, p. 1222.
[61] Lumen Gentium, n. 9.
[62] cf. Derville, Guillaume, ‘En
espíritu y en verdad’: crear la unidad de vida, recuperado de https://opusdei.org/es-es/document/en-espiritu-y-en-verdad-crear-la-unidad-de-vida-i/
[63] Es Cristo que pasa, op. cit. p. 51.
[65] Idem
[66] Gaudium et spes, n. 22.
[67] Derville, Guillaume, op.cit.
[68] Gaudium et spes, n. 43.
[70] Francisco, op. cit. n. 9.
[71] Benedicto XVI, Verbum
Domini, Ediciones San Pablo, 2010, n. 94.
[73] Ibidem, n. 116.
[74] Miralles, Antonio, op. cit.
[75] Idem
[77] Amar al mundo apasionadamente, op.
cit. n. 114.
[78] cf. Miralles, Antonio, op.
cit.
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